Jueves, 28 Marzo 2024

Subsidios para luz y gas ¿cómo y cuándo hacer el trámite?

Publicado el Viernes, 15 Julio 2022 10:55 Escrito por Calle Angosta

El viernes 15 de julio se anunció y se puso en línea el sitio para gestionar el subsidio de luz y gas luego de que se anunciara la segmentación de tarifas. El anunció lo realizó Darío Martinez -secretario de Energía- acompañado por el nuevo secretario de Planeamiento Energético, Gonzalo Soriano y el vicepresidente de Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa), Santiago Yanotti. El sitio para tramitar es https://www.argentina.gob.ar/subsidios

El trámite también puede realizarse a través de la aplicación Mi Argentina. También se podrán solicitar turnos a través de la Anses.

“A partir del 1 de agosto comenzarán a regir las tarifas de acuerdo con las tres franjas fijadas por el decreto dictado hace un mes por el presidente Alberto Fernández”, aseveró la portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, en su habitual conferencia de prensa de los jueves en la Casa de Gobierno.

Al respecto, explicó que al formulario tienen que ingresar absolutamente todos los que creen que pueden recibir el subsidio, ya sea porque tiene tarifa social o porque está en la franja de ingresos medios.

“Son datos muy sencillos de llenar y van a cruzarse con los que están en poder del Estado; una vez que estén cruzados, se van a empezar a cobrar las tarifas plenas y con los diferente subsidios según la franja a la que pertenezcan”, aseveró.

Para que el sitio web no colapse y se puedan hacer las inscripciones, el turno para anotarse dependerá del número de terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI).

  • Los DNI terminados en 1, 2 y 3 podrán anotarse entre el 15 y el 19 de julio
  • Los DNI terminados en 3, 4 y 5 podrán anotarse entre el 20 y el 22 de julio
  • Los DNI terminados en 6. 7, 8 Y 9 podrán anotarse entre el 23 y el 26 de julio

Qué documento necesitas para hacer el pedido:

  • El último ejemplar de tu DNI
  • Tu número de CUIL y el de quienes conviven en la vivienda
  • Una boleta de energía eléctrica y una de gas natural
  • El dato de ingresos mensuales de bolsillo de cada persona que compone tu hogar
  • Una dirección de correo electrónico

Luego de completar el formulario, los usuarios podrán descargar el PDF con la asignación provisoria, información que además se enviará al mail declarado.  Una vez enviada la solicitud se le asignará provisoriamente un segmento.

El Estado Nacional cruzará los datos con organismos públicos y, en caso de inconsistencias, se podrá asignar una nueva categoría que será informada por correo electrónico.

Para dudas o consultas, los usuarios podrán comunicarse con el Centro de Atención Telefónica de Energía 0800-222-7376 de 8 a 20 horas.

Quiénes pueden pedir el subsidio

El artículo 2 de la norma estableció que el nivel 1 estará integrado por los usuarios de mayores ingresos «que tendrán a su cargo el costo pleno del componente energía del respectivo servicio», con ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT), que a valores de mayo representan $ 348.868,97. Otras de las condiciones para revestir en este grupo son la de ser titular de 3 o más automóviles con antigüedad menor a cinco años, tres o más inmuebles, una o más aeronaves o embarcaciones de lujo o «ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena».

El nivel 2, de menores ingresos, tomará como referencia ingresos netos menores a 1 CBT ($99.676,85), contar con certificado de vivienda del Renabap, vivir en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario, que un integrante del grupo familiar posea una pensión vitalicia de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o posea un certificado de discapacidad. En este caso, el aumento en todo 2022 no será superior al 40% de la variación salarial del año pasado (53,4%), que resulta equivalente al 21,36%.

El nivel 3 será integrado por clientes de ingresos medios o del nivel 2 si los propietarios en su conjunto cuentan con dos o más inmuebles o un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto si un conviviente cuenta con un certificado de discapacidad. Para este nivel, el incremento será del 80% de la variación salarial de 2021, equivalente al 42,72%.

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